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FIDH-OMCT; AU; México: Detención arbitraria de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez

13 de julio de 2014

Domingo 13 de julio de 2014

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades de México instándolas a:

i. Adoptar de manera inmediata la medidas más apropiadas para garantizar la vida, la integridad física y psicológica de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez y de todos los defensores de derechos humanos en México;

ii. Poner fin a todo tipo de actos de hostigamiento en contra de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez y demás miembros de la LIMEDDH-Filial Jitotol, así como, en general, en contra de todos los defensores de derechos humanos en el país;

iii. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, y que el resultado de la investigación se haga público con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

  • Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”.
  • Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;

v. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

México: Detención arbitraria de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez

MEX 007 / 0614 / OBS 060

Detención arbitraria / Liberación / Malos tratos

México

30 de junio de 2014

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre la detención arbitraria de los Sres. Braulio Gómez Gómez, Presidente de la Liga Mexicana de los Derecho Humanos (LIMEDDH-Filial Jitotol), José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez, integrantes de la pastoral de la Parroquia de Pueblo Nuevo Solistahuacán y miembros del equipo de la LIMEDDH-Filial Jitotol.

La LIMEDDH-Filial Jitotol, en cooperación con la misión de Franciscanos, han venido defendiendo los derechos de los migrantes en la zona, los cuales sufren abusos y violaciones de sus derechos por parte de la policía estatal y funcionarios migratorios. Asimismo, la LIMEDDH-Filial Jitotol, ha venido luchando por la protección de la Selva Negra, oponiéndose a la tala indiscriminada y a los megaproyectos mineros que se han instalado en la zona.

Según la información recibida, el 24 de junio de 2014 a las 17:00 horas, el Sr. Braulio Gómez Gómez, fue detenido arbitrariamente junto a los Sres. José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez, cuando se dirigían a su domicilio ubicado en la comunidad indígena de la Planada, en Pueblo Nuevo, Chiapas. Los cinco fueron interceptados por policías estatales y del ejército y posteriormente fueron trasladados al Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No 14, El Amate (CERSS No. 14). Las autoridades no comunicaron en ningún momento a los detenidos los motivos de su detención.

Según la misma información recibida, el Sr. Braulio Gómez Gómez fue golpeado e intimidado mientras estuvo detenido por parte de los policías estatales. Asimismo, se le comunicó que dichos golpes eran para el Fray Blas Alvarado, el fundador del albergue de migrantes conocido como la 72 en Tenosique, Tabasco y organizador de repetidas marchas en defensa de los derechos de dichos migrantes.

Tras la presión y denuncias de organizaciones civiles de la región, así como del Comité de Derechos Humanos de Base de Chiapas Digna Ochoa y del párroco franciscano de Pueblo Nuevo Solistahuacán Fray Blas Alvarado Jiménez, ante la Fiscalía Especializada de Protección a los Organismos No Gubernamentales para la Defensa de los Derechos Humanos, los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez fueron liberadas alrededor de las 22:30 horas del mismo 24 de junio de 2014. Hasta la fecha aún no se ha dado ninguna justificación para la detención.

Según las mismas informaciones recibidas, dicha detención ha tenido lugar poco después de que los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez participaran en la marcha organizada por párrocos franciscanos que empezó en Jotitol y finalizó en Bochil. Durante la marcha, la cual tuvo lugar el 7 de junio de 2014, los participantes exigían el cese de la tala de la Selva Negra y la cancelación de megaproyectos mineros, así como el respeto de los derechos de los migrantes. Durante la marcha, cuando ésta se encontraba en Puerto Caté se pudieron observar actos de hostigamiento y vigilancia por parte de elementos de la Secretaría de Gobierno, policías estatales y del ejército.

El Observatorio manifiesta su preocupación por la detención arbitraria de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez y teme que ésta haya tenido lugar como represalia de las actividades en defensa de los derechos humanos que estos han venido desarrollando. El Observatorio urge a las autoridades competentes a realizar con celeridad una investigación independiente e imparcial en torno a los hechos arriba denunciados, con el fin de identificar, juzgar y condenar, en su caso, a los responsables.

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades de México instándolas a:

i. Adoptar de manera inmediata la medidas más apropiadas para garantizar la vida, la integridad física y psicológica de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez y de todos los defensores de derechos humanos en México;

ii. Poner fin a todo tipo de actos de hostigamiento en contra de los Sres. Braulio Gómez Gómez, José Luis Pérez Pérez, Juan Carlos Pérez Pérez, Mario Pérez Pérez y Roberto Pérez y demás miembros de la LIMEDDH-Filial Jitotol, así como, en general, en contra de todos los defensores de derechos humanos en el país;

iii. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, y que el resultado de la investigación se haga público con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iv. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

  • Artículo 1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”.
  • Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;

v. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

Direcciones:

• Sr. Presidente Enrique Peña Nieto, Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. FAX: (+52) 55 5093 4901; E-mail: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx

• Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación (Ministro del Interior) Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX + (+52) 55 5093 34 14 E-mail: secretario@segob.gob.mx

• Lic. Jesús Murillo Karam, Procurador General de la República, Av. Paseo de la Reforma 211-213, Col. Cuautemoc Distrito Federal, México. E-mail: jesus.murillo@pgr.gob.mx

• Lic. Lía Limón García, Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX (+52) 55 5728 7400 Ext. 24586 E-mail: llimon@segob.gob.mx

• Dr. Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Angel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040, Fax: (+52) 0155 36 68 07 67 E-mail: correo@cndh.org.mx

• Sr. Embajador Jorge Lomónaco, Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 15 chemin Louis-Dunant. 1202, Ginebra, Suiza. FAX: (+41) 22 748 07 08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int

• Sr. Embajador Juan José Gómez Camacho, Embajada de México en las Comunidades Europeas, y Observadora Permanente de México ante el Consejo de Europa, 94 avenue F.D. Roosevelt, 1050 Bruselas, Bélgica. Fax: +32 2 644 08 19. E-mail : embamex@embamex.eu / jgomezc@sre.gob.mx

***
Ginebra-Paris, 30 de junio de 2014

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio, programa conjunto de la OMCT y la FIDH, está destinado a la protección de los y las defensores de derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

· E-mail: Appeals@fidh-omct.org

· Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29

· Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80


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