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Cencos; CIDH otorga medidas cautelares a integrantes del refugio para personas migrantes "La 72" - Tenosique, Tabasco

1 mayo 2013

Jueves 2 de mayo de 2013

La Comisión consideró que el riesgo para la vida e integridad de las personas defensoras de derechos humanos integrantes de “la 72” era grave y urgente y que no contaban con la protección adecuada ni necesaria para su situación, por lo que solicitó al Estado mexicano implementar las acciones necesarias a fin de garantizar su vida e integridad así como la de las personas migrantes que se alberguen en el refugio. Indicó que el Estado deberá concertar las medidas cautelares con los beneficiarios e informar a la Comisión acerca del cumplimiento de las mismas.

Ante riesgo grave e inminente, Comisión Interamericana otorga medidas cautelares a Fray Tomás González, Rubén Figueroa y el Refugio para Personas Migrantes “la 72” en Tenosique.

El 19 de abril de este año la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas cautelares a favor de Fray Tomás González, Rubén Figueroa y el personal y personas migrantes alojados en el Refugio para Personas Migrantes “la 72” en la ciudad de Tenosique, Tabasco.

La Comisión consideró que el riesgo para la vida e integridad de las personas defensoras de derechos humanos integrantes de “la 72” era grave y urgente y que no contaban con la protección adecuada ni necesaria para su situación, por lo que solicitó al Estado mexicano implementar las acciones necesarias a fin de garantizar su vida e integridad así como la de las personas migrantes que se alberguen en el refugio. Indicó que el Estado deberá concertar las medidas cautelares con los beneficiarios e informar a la Comisión acerca del cumplimiento de las mismas.

La Comisión solicitó en particular que el Estado informe sobre las medidas implementadas para que estos defensores puedan desempeñar su labor de defensa de derechos humanos. De igual forma deberá informar sobre las investigaciones acerca de los hechos.

Este último punto viene en respuesta a la impunidad total de la que gozan los responsables tanto de ataques contra migrantes como de hostigar y amenazar a las personas defensoras de éstos, pues si bien el Mecanismo Nacional para la protección de defensores de derechos humanos ha sido activado en el presente caso, lo cierto es que ninguna medida de infraestructura, cámaras o patrullas policiacas será suficiente para garantizar la seguridad del Refugio “la 72” si los agresores permanecen en libertad y sin ser sancionados por los delitos que están cometiendo.

Para otorgar las medidas cautelares, la Comisión Interamericana consideró las amenazas y hostigamientos que han sufrido los integrantes de la 72 en los últimos meses como consecuencia de su defensa de los derechos humanos. En concreto, la Comisión fue informada por las organizaciones abajo firmantes de las graves amenazas por parte de personas que se dedican a extorsionar, amenazar y hostigar a las personas migrantes, quienes afirmaron que quieren “la cabeza de Fray Tomás”.

De igual forma la Comisión tuvo conocimiento de que, posterior a una serie de amenazas y hostigamientos, se había logrado detener a sólo tres personas que fueron identificadas por personas migrantes como sus victimarios; sin embargo y a pesar de la denuncia formal interpuesta por Fray Tomás, estas tres personas fueron dejadas en libertad y posteriormente declararon falsamente en contra de Fray Tomás y Rubén Figueroa afirmando sin fundamento que se quedan con los donativos para el refugio y no dan nada a las personas migrantes (versión que se desmiente al simplemente observar los apoyos diariamente brindados a las personas migrantes en “la 72”). Estas declaraciones falsas ocasionaron que Fray Tomás fuera llamado a comparecer ante el Ministerio Público en carácter de “probable responsable” de un delito inexistente, mientras las denuncias penales en contra de los extorsionadores de migrantes no avanzan.

Si bien México ahora cuenta con una Ley y un Mecanismo gubernamental para la protección de personas defensoras de derechos humanos, casos como el de “la 72” y otras casas de migrante evidencian que dichos mecanismos no han sido capaces hasta ahora de cumplir su mandato, en parte porque de entrada no incluyen como eje integral la investigación de los hechos y la detención y sanción a los responsables. Tal situación deja a los defensores y por ende a miles de personas migrantes expuestos a ser atacados por el crimen organizado y autoridades coludidas. Permitir que dichos agresores limiten la labor de las casas de migrante, es permitir que el crimen y la corrupción se apoderen totalmente de crecientes regiones del país.

Ante esta crisis es imprescindible que el Estado acate plenamente lo ordenado por la Comisión Interamericana garantizando la seguridad de “la 72” y resguardando su labor de defensa de derechos humanos en Tenosique. Las organizaciones firmantes reiteramos nuestro apoyo y compromiso para con el Refugio “la 72” y su personal y estaremos dando seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por esa instancia internacional.

Casa del Migrante de Saltillo

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh)

Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios AC

Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos

La 72, Hogar-Refugio para Personas Migrantes

Movimiento Migrante Mesoamericano

Propuesta Cívica AC

SMR Scalabrinianas: Misión para Migrantes y Refugiados

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para
Todas y Todos”


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