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PBI; MECANISMO DE PROTECCIÓN

06 de noviembre de 2012

Martes 6 de noviembre de 2012, por acuddeh

¿Qué falta?

priorizar la implementación de la Ley de Protección en la actual administración de Felipe Calderón desde ahora hasta el cambio de gobierno el próximo mes de diciembre, siguiendo los plazos establecidos por la ley;

asegurar la participación de una amplia representación de la sociedad civil mexicana en todas las fases de implementación de la ley, para ello, el subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Segob Max Diener Salas debiera convocar a integrantes del Espacio OSC que, durante tres años, han impulsado la creación de un mecanismo;

el desarrollo del reglamento de la ley por parte del gobierno mexicano, en consulta con el Espacio OSC y tomando en cuenta los lineamientos desarrollados junto con la sociedad civil para el mecanismo por decreto;

consultar al Espacio OSC y a expertos internacionales en la elaboración de los protocolos y manuales de implementación del mecanismo necesarios para su efectivo funcionamiento, responsabilidad del gobierno mexicano;

la capacitación de funcionarios de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre las implicaciones y obligaciones de la ley;

aprobar un presupuesto adecuado en el Congreso mexicano para la implementación del mecanismo en el próximo periodo de sesiones, según estipula la ley;

la firma de los convenios de cooperación del mecanismo de los gobiernos de los 32 estados de la República mexicana,

y el reconocimiento público por parte del Presidente electo del importante papel de las y los defensores de derechos humanos y periodistas y su situación de riesgo, así como la priorización de la implementación cabal del mecanismo de protección.

MECANISMO DE PROTECCIÓN

¿Por qué un Mecanismo de Protección?

Organismos nacionales e internacionales han reconocido la situación de vulnerabilidad de las personas defensoras de derechos humanos y de los periodistas en México. Las instancias de derechos humanos de la ONU y la OEA han emitido diversos informes que muestran las graves agresiones que enfrentan.

La OACNUDH registró, de septiembre de 2009 a octubre de 2010, 37 presuntas agresiones en contra de los y las defensoras de derechos humanos, destacando las amenazas, las injerencias arbitrarias, el hostigamiento y el uso arbitrario del sistema penal como principales tipos de agresión. Más del 90% de los casos se mantienen en la impunidad.

En relación a los periodistas, han sido documentados hostigamientos, agresiones y amenazas, desapariciones y asesinatos. Tras la visita conjunta del Relator Especial de la ONU para la Libertad de Opinión y Expresión y de la Relatora de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para la Libertad de Expresión en agosto de 2010, ambos expresaron preocupación ante los altos niveles de violencia que enfrentan los comunicadores y la necesidad de que el Estado mexicano implemente las medidas efectivas para su protección. Señalaron en sus respectivos informes, presentados en 2011, que México ha sido en la última década el país más peligroso para el ejercicio del periodismo en las Américas, con 66 periodistas asesinados y 12 desaparecidos.

Los y las beneficiarias de medidas de protección, otorgadas por las Comisiones Estatales y Nacional de Derechos Humanos o por el Sistema Interamericano, han identificado preocupantes debilidades: la carencia de una adecuada implementación de estas medidas de forma consensuada con los propios beneficiarios (de acuerdo a sus contextos socioculturales y a su situación de riesgo) y una falta de coordinación entre las diferentes entidades gubernamentales.

En este contexto, las recomendaciones de organismos internacionales y las necesidades planteadas por la sociedad civil a México señalan la urgencia de implementar un mecanismo especial que proteja, promueva y haga efectivos los derechos y las libertades fundamentales de las personas defensoras y de los periodistas. Como experiencia, el Mecanismo de Protección para Periodistas, creado por decreto presidencial en 2010, ha sido ampliamente criticado por su falta de transparencia, adecuación y efectividad.
Hacia un Mecanismo Gubernamental de Protección

La propuesta de un mecanismo gubernamental de protección

En 2010, un amplio número de organizaciones de derechos humanos y periodistas se unieron para formar el Espacio de Organizaciones de la Sociedad Civil (Espacio OSC) y elaboraron una propuesta para la creación de un Mecanismo de Protección en octubre de ese año. La propuesta resume los elementos mínimos necesarios para un mecanismo de prevención, protección e investigación efectivo.

Desde entonces, PBI ha dado seguimiento a la creación de un mecanismo de protección gubernamental: por un lado, participando como consultor externo en las reuniones del Espacio OSC, y por otro, sensibilizando a las autoridades mexicanas acerca de la necesidad de un mecanismo y metodologías para el análisis de riesgo.

El Decreto Presidencial

El 7 de julio de 2011, durante la visita de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a México Navi Pillay, el Presidente Felipe Calderón firmó un decreto presidencial autorizando a la Secretaría de Gobernación (Segob) el desarrollo y la implementación de un Mecanismo de Protección.

El Espacio OSC ha transmitido sus observaciones y comentarios repetidamente a la Segob desde octubre de 2010, de forma escrita y a través de diálogos cara a cara, para que los mínimos esbozados en su propuesta original sean incorporados en los lineamientos para un mecanismo de protección. Este documento debe informar acerca de la elaboración del reglamento de la Ley de Protección.

La iniciativa de Ley

En paralelo al diálogo con Segob, miembros del Espacio OSC propusieron en el Senado una iniciativa de ley para un Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. La iniciativa legislativa es complementaria al diálogo con el ejecutivo: esta provee de la base legal necesaria para garantizar que los órganos de gobierno implementen medidas de protección y asegura que el Mecanismo mantenga su capacidad operativa a pesar de los cambios políticos de cada legislatura.

La iniciativa responde a las recomendaciones internacionales realizadas por Relatora Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de derechos humanos en 2009 y retoma experiencias previas de mecanismo de protección en otros países.

Tanto PBI como Amnistía Internacional han acompañando todas las fases del proceso de elaboración de la propuesta. La ley fue finalmente aprobada de forma unánime al término de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión de México el 30 de abril. El Presidente Felipe Calderón promulgó la ley el 22 de junio de 2012.
¿Qué falta?

priorizar la implementación de la Ley de Protección en la actual administración de Felipe Calderón desde ahora hasta el cambio de gobierno el próximo mes de diciembre, siguiendo los plazos establecidos por la ley;

asegurar la participación de una amplia representación de la sociedad civil mexicana en todas las fases de implementación de la ley, para ello, el subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Segob Max Diener Salas debiera convocar a integrantes del Espacio OSC que, durante tres años, han impulsado la creación de un mecanismo;

el desarrollo del reglamento de la ley por parte del gobierno mexicano, en consulta con el Espacio OSC y tomando en cuenta los lineamientos desarrollados junto con la sociedad civil para el mecanismo por decreto;

consultar al Espacio OSC y a expertos internacionales en la elaboración de los protocolos y manuales de implementación del mecanismo necesarios para su efectivo funcionamiento, responsabilidad del gobierno mexicano;

la capacitación de funcionarios de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre las implicaciones y obligaciones de la ley;

aprobar un presupuesto adecuado en el Congreso mexicano para la implementación del mecanismo en el próximo periodo de sesiones, según estipula la ley;

la firma de los convenios de cooperación del mecanismo de los gobiernos de los 32 estados de la República mexicana,

y el reconocimiento público por parte del Presidente electo del importante papel de las y los defensores de derechos humanos y periodistas y su situación de riesgo, así como la priorización de la implementación cabal del mecanismo de protección.

Documentos

Briefing sobre el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras y Periodistas, PBI México, agosto 2012

Decreto por el que se expide la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, Diario Oficial de la Federación, junio 2012

Presentación: Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Secretaría de Gobernación, junio 2012
Iniciativa: Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos humanos y Periodistas - Ficha Técnica, Grupo de Trabajo ONGs/Senado, marzo 2012

Propuesta de Integración para el Mecanismo de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, ONGs, octubre 2010

Links

Micrositio: Mecanismo de protección para periodistas y personas defensoras de los derechos humanos, Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS)

Mecanismo gubernamental de protección, Protection Desk México

Mecanismo para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, Secretaría de Gobernación

Protección de defensores de derechos humanos y periodistas, Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales, Senado de la República, XVI Legislatura


Ver en línea : MECANISMO DE PROTECCIÓN

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